que iva aplico a mis facturas

Vale, ya sabemos como hacer una factura y tenemos claro que tenemos que aplicar el IVA, pero ¿Sabes qué tipo de IVA tienes que aplicar en tu factura? Va a depender del servicio que ofreces o de donde se encuentre la empresa ubicada a la que vas a facturar.

TIPOS DE IVA A APLICAR EN ESPAÑA:

Hay tres tipos de IVA en España:

  • IVA GENERAL AL 21%:

Es el porcentaje que se aplicará por defecto a todos los productos y servicios. Afecta a los electrodomésticos, asesoramiento, consultoría, calzados, tabaco ect….

  • IVA REDUCIDO AL 10%:

La lista de productos y servicios que tributan a un tipo reducido es muy larga pero vamos a intentar hacer un resumen de los más importantes: alimentos, transporte viajeros, restauración… Dentro de este IVA reducido, se encuentra el IVA cultural, que vamos a desarrollar un poco más.

En el caso del IVA CULTURAL, que ya hemos dicho que está reducido al 10%, se aplica en los siguientes casos:

    1. Siempre que el prestador del servicio sea una persona física, (las empresas tributan al 21%) independientemente de que sea un intérprete, artista, director o técnico.  Esta situación también se da cuando se contrata a través de un representante o a través de otro artista.
    2. Siempre que el servicio se preste a organizadores de obras teatrales y musicales.
  • IVA SUPER REDUCIDO AL 4%:

Este tipo de IVA se aplicará a productos básicos de alimentación, libros, medicamentos ect…

  • OPERACIONES EXENTAS DE IVA:

En algunos casos, hay operaciones que están exentas de IVA y, por lo tanto, no hay que aplicarlo en la factura como son:

  1. Enseñanza en centros públicos o privados autorizados y clases particulares por personas físicas sobre materias incluidas en los planes de estudios del sistema educativo. Servicios de atención a niños en el centro docente prestados en tiempo interlectivo.
  2. Asistencia a personas físicas por profesionales médicos y servicios sanitarios.
  3. Servicios profesionales, incluidos aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor, prestados por artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios y gráficos.
  4. Operaciones y prestaciones de servicios relativas a seguros, reaseguros y capitalización.
  5. Servicios de mediación prestados a personas físicas en diversas operaciones financieras.
  6. Arrendamiento de viviendas y entrega de terrenos rústicos y no edificables, así como segunda y ulteriores entregas de edificaciones.
  7. Entrega de sellos de correos y efectos timbrados de curso legal.

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TIPO DE IVA INTRACOMUNITARIO

Cuando prestas un servicio o vendes un producto a una persona o empresa perteneciente a un país intracomunitario (que pertenece a la Unión Europea), el IVA repercutido será 0,00, siempre y cuando el cliente esté dado de alta en el ROI ( Registro de Operadores Intracomunitarios) y tú como autónomo o empresa también. La obligación de comprobar esto siempre es de quien emite la factura. El alta se realiza a través del modelo 036 de la Agencia Tributaria.

Si realizas una operación intracomunitaria, tanto si eres el que emite la factura como el que la recibes, tienes que tener en cuenta que esta operación aunque no lleve IVA tienes que declararlo en el modelo 349 trimestralmente.

TIPO DE IVA PAISES EXTRANJEROS

Cuando prestas un servicio o vendes un producto para una persona o empresa extranjera, es decir, fuera de la Unión Europea el IVA es 0,00 y se tiene que declarar trimestralmente como una exportación en la casilla 50 del modelo 303.

 

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Fuente oficial sobre Tipos Impositivos en el IVA

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